domingo, 24 de mayo de 2009

Tema 3 - La cuestión social en Venezuela

TEMA 3
La cuestión social en Venezuela
El estudio de la Previsión (o seguridad social) en Venezuela.

La SdSl es VULNERABLE porque el empleo es vulnerable; casi la mitad de la P.E.A. (población económicamente activa), se desempeña en la economía informal.
¿Qué es la PEA?
Población de trabajadores que no está registrada; no tiene marco de referencia, no tiene protección, no paga impuestos, está fuera del marco normativo. Es también llamada la economía subterránea o trabajo escondido. Dentro del marco de la política del Estado de Bienestar (Wohlfahrtsstaat), sería una población a la cual hay que atender, para poder cumplir con los principios constitucionales del Estado Social de Derecho (Sozialstaatsprinzip).

¿Cuál es el estado de la Seguridad Social en Venezuela? Es un problema de creación del empleo.
El problema básico es la VULNERABILIDAD.
Esta vulnerabilidad se extiende a las minorías étnicas, las mujeres trabajadoras, los jóvenes, los individuos de la tercera edad y los niños y adolescentes. Estos son trabajadores afectados por realidades concretas dentro del mundo del trabajo. Son víctimas de situaciones tales como:
1) Simulación de contrato de trabajo, disfrazándolo como convenio civil
2) Trabajadores tercerizados, contratados a través de empresas intermediarias.
3) Subcontratados, quienes devengan un salario inferior al legal mínimo.
4) Outsourcing (http://www.monografias.com/trabajos10/outso/outso.shtml) o externalización.
5) Los suplentes

Esto lleva a:

• UNA MENOR PROTECCIÓN para el empleado, el cual es infra contratado, sin llegar nunca a formar parte de la empresa.
• INEQUIDAD: También se ve el efecto de la inequidad de la SdSl cuando hay sectores especiales que ostentan un grado superior de protección, en comparación con la mayoría. El sector universitario y el sector militar, por ejemplos. Esto causa desigualdad, que afecta el sistema de SdSl.

Tomando en consideración la gran cantidad de trabajadores así afectados, podemos concluir que en Venezuela, a pesar del respaldo constitucional del Estado Social de Derecho y del Estado de Bienestar Social, no existe realmente Seguridad Social.

CONSECUENCIAS:
El CONTRATO SOCIAL está derretido. Donde los trabajadores y empresarios evaden cotizaciones sociales o surgen discriminaciones salariales muy marcadas o formas de organización del trabajo, como las cooperativas, las cuales siempren sustraen a los trabajadores de las garantías laborales y eventualmente de la SdSl. El contrato social es el compromiso del Estado para mantener la SdSl.
El resultado es que todo es inestable. Lo más seguro de la Seguridad Social es lo inestable; las instituciones (el estado social de derecho (Sozialstaat) y el estado de bienestar (Wohlfahrtsstaat)) son desbordadas por la realidad. Existe pérdida de la legitimidad sindical y existen zonas urbanas y rurales sin control del Estado. Pero lo más grave es la conducción hacia la desestabilización del sistema democrático.

¿PORQUE SE HA PRODUCIDO ESTO?

DEBIDO A LA REDUCCIÓN DEL COSTO DE LA MANO DE OBRA COMO CONSECUENCIA DE:
- Introducción de nuevas tecnologías: como medio de evitar pagar un salario, muchas nuevas tecnologías sustituyen a la mano de obra.
- Fluctuaciones del mercado. ¿Cuál debería ser la producción en determinado momento? Es una pregunta frecuente y en consecuencia solo se contratan los trabajadores que para el momento crítico sean necesarios. En consecuencia la protección que estos reciben será también fluctuante.
- Especulaciones financieras: p. ej., originados en la crisis del mercado financiero.
- Reducción del papel del Estado, porque el trabajador deja de percibir las ayudas que antes recibía y la SdSl no puede ser financiada por medios privados, siguiendo el criterio constitucional del Artículo 86: “sin ánimos de lucro”.
- Razones ideológicas: “Chavismo vs. Oposición”. Algunos promulgan hacer desaparecer la SdSl.

CRISIS DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Las respuestas ante la crisis de la SdSl, han sido básicamente dos
1) INTERVENCIONISMO ESTATAL: Regulación e intervención por parte del Estado
2) NEOLIBERALISMO: Dejar actuar al mercado y a partir de allí, mejorar las ineficiencias.

EL CASO VENEZUELA
1) Se reforma la constitución
2) Se anuncia la reforma de las prestaciones sociales
3) Se reforma la Ley de Seguridad Social entre otros instrumentos, hasta decretar la inamovilidad sindical indefinida.

REFORMA DE LA LEY ORGANICA
- Reforma 2002-2007. Inaplicabilidad de la Ley. En esta reforma se planificaba eliminar el I.V.S.S.
- Nueva reforma en Dic. 2007 (G.O. No. 38.840 del 28.12.2007). Se resuelve mantener el I.V.S.S. Esta ley elimina el plan que se quiso implementar con la Ley del 2002. Se deroga el plan de eliminar o liquidar el IVSS

Hubo una tercera reforma:

En la ley orgánica del sistema de seguridad social, se modifica el artículo 28.

Se sustrae el régimen de vivienda y hábitat (rvh) de la Seguridad Social. Otra área del gobierno se ocupará entonces del RVH. ¿Por qué la quitaron? Porque no funcionaba aquí.

Se modifica el Artículo 51. El BANAVIH (Banco Nacional de Vivienda y Habitat), se encarga de la recaudación, aparte de las funciones que tenía asignadas. Se encargará ahora de la SdSl, puesto que se le quitaron a la misma las prerrogativas de recaudar.

Se modifican los Artículos 104 y 112.

Los aportes a la SdSl se consideran ahora un ahorro. Aporta ahora puede aumentar, cada vez que al contribuyente se le ocurra hacerlo. La diferencia entre la tasa y el aporte convertido en ahorro es del cielo a la tierra. Porque no es necesario modificar la ley. Las contribuciones actuales son del 2 % de parte del patrono y del 1 % por el asegurado.

Artículo 113: Salario integral para determinar la base del cálculo de cotizaciones. Los aportes a política habitacionalse hacen de acuerdo al salario integral y no sobre la base de salario normal, el cual se usaba para la tasa. En la LOT no existe una definición de salario integral.

El objetivo final de estas modificaciones era el de obtener mayor cantidad de dinero de parte del contribuyente.

También se reforma la Ley del Seguro Social.
La reforma modifica el cuadro de sanciones. Se buscan mayores recursos. La relación de los gastos del SS es de 70/30, a expensas del gobierno…, del petróleo.

¿Cómo sancionaba antes el seguro social?
Se hacía en base al salario mínimo. Ahora es basado en la Unidad Tributaria (UT). Se puede hacer directamente a través del C.O.T.
LOCYMAT ( Ley Orgnica de Prevencion, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo)
Artículo 1. El objeto de la presente Ley es:
1. Establecer las instituciones, normas y lineamientos de las políticas, y los órganos y entes que permitan garantizar a los trabajadores y trabajadoras, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, la reparación integral del daño sufrido y la promoción incentivo al desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.

Artículo 87:

Infracciones leves: Omisiones que haga el patrono de las obligaciones de notificación; ejemplo: modificaciones al contrato de trabajo; relación laboral; suspensión; extinción de la relación laboral. Todo esto debe informarse al SoSl. Tal omisión acarrea multa por valor de 25 UT x cada trabajador afectado.
Todo patrono debe tener al día el registro de personal. De omitirlo multa de 25 UT= 1.375 Bs.F.

Infracciones graves:
Omisiones: Falta de inscripción al empleado en el SoSl.
Novedades: No informar cambio de domicilio de la empresa.
Cesación de actividades.
Cambio de razón social.
Traspaso de dominio.
Modificaciones salariales.
El SENIAT tiene las planillas a tal efecto.
La inscripción del trabajador al SoSl, debe hacerse dentro de los primeros 3 días hábiles posterior al ingreso a la empresa. El trabajador en período de prueba también debe ser inscrito. La omisión acarrea multas de 50 UT = 2.750 Bs.F.

Infracciones muy graves:
Acciones: Retención de cotizaciones superior a lo establecido; impedir la fiscalización; documentos enmendados o alterados. La inspección también se hace en el sector público.
Omisiones: Falta de pago de cantidades distintas a las cotizaciones. Acuerdos, convenciones de pago, multas. Multa 100 UT = 5.500 BsF. 8.250 Bs.F.
Las infracciones muy graves acarrean el cierre del establecimiento por 3 días.

Reincidencia de infracciones muy graves: Artículo 88. Nuevo.
Se aumenta la multa en 50 UT, es decir 150 UT =

Infracciones muy graves calificadas: Artículo 89
Falta de pago de las cotizaciones. Es un artículo novísimo por lo de CALIFICADA. Va a ser sancionada a razón de 5 UT por semana de atraso hasta un límite de 52 semanas. Es decir, un año de atraso acarrea una multa de 14.300 Bs.F.
Esta falta también constituye un delito penal denominado APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA.

En caso de reincidencia: Cierre temporal del establecimiento por 5 días.

LA PREGUNTA DE EXAMEN ES:
¿En qué consistió la reforma de la Ley del Seguro Social?
Respuesta: En la implementación de un nuevo cuadro de sanciones. Y explicarlos.

POLÍTICA HABITACIONAL:
¿En qué consistió la reforma?
Se implementa mayor fortaleza al Ministerio para la Vivienda y Habitat. El propósito es consolidad la labor del ministerio; mayor capacidad para dar resoluciones; práctica normativa. Esta ley es más eficiente que la anterior, estrictamente en cuanto a la técnica jurídica. El BANAVIH, será un instituto autónomo, lo que traerá consecuencias patrimoniales. Antes era un Banco de Desarrollo (Banco Nacional de Ahorro y Préstamo o BANAP).
No se regirá por la Ley de Bancos ni atenderá a la Superintendencia de Bancos. Será solo controlado por el Ministerio respectivo, el cual además se encargará de recaudar.
El Banco tendrá prerrogativas de
1) Otorgar facilidades financieras.
2) Efectuar inversión financiera
3) Realizar intermediación financiera.

¿Qué ha sucedido con el caso venezolano?
Existe una hiper regulación en materia laboral, pero es dudoso que exista mayor protección para el trabajador. Ha mejorado la inspección y la recaudación, pero existen áreas donde el capitalismo de Estado y el control gubernamental fracasan ostensiblemente.

¿Dependerá del Estado calidad de vida?
Por ahí viene la cosa...,


LA CUESTION SOCIAL
El gobierno de Chávez ha venido actuando en dos frentes para abordar la cuestión social, el acontecer social.
1.- Involucrar actores distintos a los trabajadores y modos de participación diferentes.
a. Mesas técnicas de agua
b. Consejos comunales
c. Cooperativas
d. Comunas
e. Ciudades comunales; las cuales manejan recursos propios.
Esto es lo que se llama DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y PROTAGÓNICA. DEMOCRACIA POPULAR.

Esta población y esta organización no vive de la Seguridad Social; la dependencia es absoluta del Estado y en consecuencia de la explotación petrolera y los impuestos (IVA, otros); La ley de asignaciones especiales depende del impuesto petrolero y el IVA financia el FIDES.


Los ingresos y fuentes de financiamiento de la República, provienen principalmente de la explotación del petróleo (37.6 %) y de los impuestos (45.7 %) mientras que los ingresos extraordinarios apenas se aproximan al 9 %.
Ver diapositiva No. 30 en http://www.slideshare.net/luisediaz/tema-3-1478487

2.- El mercado de trabajo es el segundo frente donde se ha apoyado el gobierno para resolver la cuestión social en Venezuela, mediante:
f. Fijación del salario mínimo
g. Fijar créditos con tasas preferenciales
h. Apalancar las leyes de previsión social de manera pausada.

LA GRAN PREGUNTA DE EXAMEN A ESTE RESPECTO ES:
¿COMO EL GOBIERNO ABORDA LA CUESTIÓN SOCIAL EN VENEZUELA?
El problema se presenta cuando se enfocan las necesidades del país vistas en millones de Bs.F y se observa que para el 2009 las pensiones por vejez y las misiones sociales requerirán aproximadamente 15.000 MM Bs.F , llevándose cada una respectivamente el 44 y el 27 % de presupuesto = 73 % del mismo. No hay real para tanta gente.

A MODO DE CONCLUSIÓN:
1) El gobierno practicando el CAPITALISMO DE ESTADO, se convierte en el gran empleador. Se distancia del concepto de propiedad colectiva que predica y la seguridad social dependerá de los subsidios que otorgue.
2) Los jóvenes no se identificarán con la SdSl. Ellos, desalentados, emigrarán a otros espacios de cobertura.
3) La estreches presupuestaria afectará el funcionamiento de fondos paralelos como los de los profesores universitarios, los militares y hasta el Seguro Social.
4) Las pensiones no tienen financiamiento a largo plazo; no existen fórmulas de ayuda garantizada conforme al costo de la vida. No hay caja. No hay reserva.
5) La construcción social, o sea, la intervención gubernamental para este fin, está ubicándose fuera del mercado de trabajo. Se canaliza con asistencia y reparto, lo cual llevará a la construcción de un venezolano absolutamente dependiente del gobierno.

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